Requisitos para Miembro Adherente
Art. 10 – Para ser miembro adherente se requiere:
a) Ser Miembro de la Asociación Médica Argentina.
b) Solicitar su ingreso a la Sociedad Argentina de Medicina Física y Rehabilitación, por escrito y según lo establecido en los estatutos de la A.M.A.
Ejercer alguna profesión o actividad afín a la Medicina Física y Rehabilitación o en su contrario por invitación de la Sociedad.
Son derechos y obligaciones: asistir a las sesiones y actos científicos de la Sociedad; integrar subcomisiones; tener voz sin voto, en las sesiones científicas y no tener ni voz ni voto, en las asambleas; contribuir al desarrollo científico, moral y material de la Sociedad, conforme sus objetivos, abonar la cuota social establecida para esta categoría y además poder solicitar ser Miembro Titular, de acuerdo con la reglamentación.
Requisitos para Miembro Titular
Art. 9 – Para ser miembro titular se requiere:
a) Ser miembro de la Asociación Médica Argentina.
b) Haber sido adherente de la Sociedad Argentina de Medicina Física y Rehabilitación (SAMFYR), con no menos de un año de antigüedad.
c) Elevar una nota a la CD solicitando su admisión para optar a Miembro Titular.
d) Tener título de especialista en Medicina Física y Rehabilitación y, elevar a la CD el currículum que acredite el desempeño en la especialidad.
El inciso b es válido para los miembros adherentes que quieran pasar a titulares.
Son derechos y obligaciones de los Miembros Titulares: poder integrar la CD y Subcomisiones; presentar trabajos científicos e intervenir con voz y voto en las sesiones ordinarias y asambleas; también contribuir al desarrollo científico, moral y material de la Sociedad, conforme los objetivos de ésta y según el presente Estatuto; abonar la cuota social establecida según el reglamento.
Los miembros titulares recién ingresados deberán esperar 3 años para postularse a cargos en CD o subcomisiones.
Aranceles
Socios Titulares:
$60.000 en un pago o 3 cuotas de $25.000
Socios Adherentes:
$40.000 en un pago o tres cuotas de $17.000.
Residentes, Adherentes con menos de 5 años de recibidos y beneficio socios jubilados :
$30.000 en una cuota o tres cuotas de $12.000
*Se evalúa cada caso particular de deudas.